?El decreto desvirtúa el espíritu de la sentencia?

Para la dra. Graciela Abud que junto a la Comisión de la Mujer de la UNSa. participara como Amicus Curiae en el caso AF, el decreto del ejecutivo provincial salteño ?desvirtúa el espíritu de la sentencia? de la Corte Suprema de Justicia en los casos de aborto como productos de una violación.

Sobre el primer posicionamiento del mandatario salteño y su repentino cambio ante el repudio nacional, Abud, señaló: ?Me parece que Urtubey no leyó la sentencia y está muy mal asesorado. El está recitando algo que alguien le dijo. La Corte tampoco está legislando sino que está interpretando?.

?El fallo no resuelve el caso AF, sino que está sentando jurisprudencia, porque lo considera de una enorme importancia institucional. La sentencia es clara al decir que el Estado es el garante de la salud pública y tiene la obligación de que concurran estas circunstancias para habilitar el aborto no punible y el funcionario que obstaculice puede ser perseguido penalmente, con lo cual el gobernador podría ser perseguido por las condiciones que marca la sentencia?, remarcó.

La abogada explicó que el decreto provincial cumple el exhorto que está en la parte resolutiva, pero ?va en contra de la piedra angular de la sentencia de la Corte que es la no judicialización?.

También clarificó que el decreto deja de lado la no obstaculización en este tipo de situaciones ya que la Corte señala que la mujer ?no puede ni debe ser obligada a solicitar una autorización judicial?.

?En varias partes de los considerandos se hace referencia a que hay que evitar justamente todo proceso burocrático dilatorio que de alguna manera llegue a impedirle a la mujer el acceso a este derecho?, puntualizó.

Abud resaltó que este decreto crea una barrera cuando dice ?que hay que presentar la denuncia ante una defensoría tutelar y cuando se incluye a un asesor de menores cuando está involucrada una menor, lo cual no puede ser exigido por el decreto porque la sentencia no lo establece. Al contrario, la sentencia insiste en que hay que remover todos los obstáculos posibles y aparte la letra de la ley tampoco lo dice en el Código Penal?.

En este sentido, la letrada destacó que el decreto va por encima de la sentencia y es contrario además a los protocolos de la Nación, de Chubut , y de Santa Fe.

La abogada reparó también que en este marco que se ha intentado dar desde la provincia se menciona la objeción de conciencia pero no se explican esos casos, dejándolos sin regulación, y como interrogante si ?¿es posible el abuso en esa objeción??.

?La declaración jurada hay que presentarla al médico, cuando el médico no tiene que verificar la existencia del delito, consideró, agregando que muy lejos que lo que debiera hacer el decreto es ?garantizarle a la mujer el acceso rápido y seguro cuando ocurren estos casos, y considerando que puesto así podrán existir intentos de persuasión hacia la víctima para que prosiga con su embarazo.

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