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DECLARÓ EL PRIMER IMPUTADO POR VIOLACIÓN EN BANDA DE UNA NIÑA WICHÍ

Con la asistencia de una intérprete Wichi, comenzó ayer en la Ciudad Judicial de Tartagal el juicio contra ocho personas acusadas de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una niña wichi en Alto La Sierra.

Imagen : ContrahegemoniaWeb

Los jueces de la Sala I del Tribunal de Juicio de Tartagal, Anastasio Vásquez Sgardelis (presidente) Osvaldo Miguel Chehda y Ricardo Hugo Martoccia (vocales), juzgarán hasta el 28 de febrero a Jorge Gabriel Salas, J. M. S., A. L. S., Sebastián Matías Salvatierra, Pantaleón Javier Mansilla, L.F.L., Omar Alcides Arias y E. E. M., acusados del delito de abuso sexual con acceso carnal.

Está previsto recibir el testimonio de 67 personas.

Primeramente,se dio lectura a la requisitoria fiscal de elevación a juicio, luego de lo cual se plantearon cuestiones preliminares. Los jueces rechazaron el planteo de la Asesora de Menores en relación a la difusión de imágenes.
Según el código de procedimientos, luego de la lectura de la acusación el Tribunal tiene el deber de interrogar a cada imputado si es que declarará o se abstendrá de hacerlo. Es también decisión de cada acusado, junto con su defensa, determinar el momento en que prestará esa declaración.

En tal sentido, durante la primera jornada se escuchó la declaración de L.F.L., que era menor al momento del hecho.

Como representante del Ministerio Público Fiscal actúa Pablo Cabot. La defensa de los imputados está a cargo de Marcelo Arancibia y Sergio Heredia. Como querellante se constituyó la Defensora de Violencia Familiar y de Género, Andrea Magadán. También interviene la Asesora de Menores 2, María Eugenia Hernández.
Sandra Pisco es la intérprete que traduce todo lo que va sucediendo en la audiencia al idioma Wichi, para mayor comprensión de los presentes.

El hecho por el que se encuentran acusados ocurrió el 29 de noviembre de 2015 en Alto La Sierra, departamento Rivadavia.

Por estar imputados menores de edad, el Tribunal de Juicio dispuso, en cumplimiento del artículo 448 del Código Procesal Penal que el material fotográfico de la audiencia será provisto por la Dirección de Prensa del Poder Judicial. En los partes de prensa posteriores se suprimirán datos referidos a la identidad de los mismos.