Salta

CUMPLIRÁ QUINCE AÑOS DE PRISIÓN POR PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN DE MATERIAL DE EXPLOTACIÓN SEXUAL INFANTIL

Un sujeto de 43 años fue condenado a quince años de prisión por resultar autor de los delitos de producción y difusión de material de abuso y/o explotación sexual infantil agravado por la participación en calidad de víctimas de personas menores de 13 años de edad, abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda, y abuso sexual gravemente ultrajante, todo ello en concurso real.

Imagen : ELTIEMPO.com

La jueza Norma Beatriz Vera, vocal de la Sala IV del Tribunal de Juicio, ordenó el inmediato traslado del condenado a la Unidad Carcelaria 1.

En el mismo fallo, el sujeto fue absuelto del delito de abusos sexual simple por aplicación del beneficio de la duda.

La jueza dispuso que, por la naturaleza de los hechos por los cuales resultó condenado, el imputado reciba tratamiento psicológico en el ámbito del penal. Ordenó también que se le extraigan muestras de ADN para su inscripción en los Registros nacional y provincial de condenados vinculados a delitos contra las personas y contra la integridad sexual.

En relación al primer delito – producción y difusión de material de abuso y/o explotación sexual infantil agravado-, las actuaciones se iniciaron por una alerta generada por la Nacional Center For Missing & Exploited Children (NCMEC), a través de la cual la empresa Google detectó que un ciudadano residente en la ciudad de Salta, Argentina, habría realizado videos de producción casera abusando sexualmente de menores de edad, de sexo femenino. Las niñas residían en el mismo inquilinato donde vivía el acusado y entraban a su departamento para jugar con su hija. Al momento de los hechos, una de las víctimas tenía entre 8 y 10 años de edad y la otra, 12.

En los videos, el acusado mostraba su rostro y aspecto físico. Subía las imágenes (fotos y filmaciones) a internet utilizando un e-mail que, al momento de su creación, fue verificado por medida de seguridad con un número de teléfono cuya titularidad fue confirmada por la empresa prestataria del servicio.

Las conexiones IP detectadas e informadas por Google indicaron que la descarga de contenido de material de abuso y/o explotación sexual infantil se había realizado utilizando el servicio de internet cuya titularidad correspondía al imputado.