Sobre el fallo de la Corte en los casos de abortos no punibles

Consideran necesario un pronunciamiento del Ejecutivo Nacional

«Necesitamos un pronunciamiento del Poder Ejecutivo de la Nación para mostrar cuál es la voluntad política del gobierno», señaló Natalia Gerardi, integrante del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), al reflexionar sobre las repercusiones del fallo de la Corte Suprema de Justicia que esclarece la interpretación del artículo 86 del Código Penal.

«No hicieron nada para que pensemos que el aborto si estaba en su agenda porque los protocolos de aborto no punibles fueron ignorados y no implementados», remarcó Gerardi, cuestionando la actuación del gobierno nacional al señalar que simultáneamente a la publicidad que se diera a la sentencia del máximo tribunal se mencionaba que no era uno de los temas sobre el cuál se pensaba trabajar.

«Si tuvieran ganas de tomarse en serio los derechos de las mujeres y de su salud buscarían la manera de no seguir perjudicándolas», advirtió.

«También en el discurso de la presidenta al Congreso no hubo ninguna mención sobre la salud sexual y reproductiva de las mujeres, pero que no esté en su agenda no quiere decir que no deba cumplir y hacer cumplir las leyes», agregó.

En el caso de Salta, Gerardi manifestó en referencia a Juan Manuel Urtubey: «Es lamentable que un gobernador diga que no tiene interés en brindar los medios para asegurar la salud de las mujeres y su integridad física y psíquica».

Mencionó además, que esta es una sentencia que trata de clausurar los debates jurídicos que se venían dando desde hace años sobre cuál era el alcance del artículo 86 del Código Penal.

«La Corte da argumentos jurídicos que no son ni morales ni de salud pública de por qué la interpretación correcta es la lectura amplia de que los abortos no son punibles en todos los casos de violación, cualquiera sea la condición de salud mental de esa persona», prosiguió, remarcando que como lo indica la Constitución, la Corte es la intérprete última de sus normas y que corresponde a los poderes ejecutivos: nacional, provinciales y municipales, dictar los protocolos de reglamentación con la máxima jerarquía posible, lo que no implica que sea necesario.

«Que no sea obligatorio el fallo de la Corte no quiere decir que no sea central para lo que tiene que ocurrir en la salud pública desde el día siguiente», advirtió, señalando igualmente que es difícil que una conducta se transforme en el corto plazo aunque lo diga la Corte.

Gerardi dijo asimismo, que pese al fallo ,el Congreso podría discutir todavía la letra del artículo 86, lo que no implica que sea necesario, porque sólo hace falta «la voluntad política de hacerlo, y la valentía de hacerlo», con lo que sería hasta innecesaria la existencia de un protocolo.

La integrante del ELA , señaló que la Corte no adelanta nada sobre la legalización del aborto. «La Corte no dice que el aborto no es un delito, ni está legislando», enfatizó.

«Hay mujeres a las que se le va la vida cuando se le niega un aborto como es el caso de Ana María Acevedo, por eso a cargo del servicio de ginecología y obstetricia debe estar una persona abierta», consideró.

Para finalizar precisó: «Antes uno podía hasta medianamente comprender al sistema de salud tan conservador y tan temeroso ante una justicia que a veces daba una lectura amplia y otra restrictiva del artículo 86 pero que la máxima instancia del Poder Judicial haya dicho con esta claridad que el artículo 86 debiera darle al sistema de salud la máxima tranquilidad para saber cuando interrumpir un embarazo sin que pongan en juego su matrícula y su libertad, lo que hace es dar certeza adonde había incertidumbre», recalcando así que para que este fallo sea operativo «no hace falta nada más que la voluntad de tomar estos derechos en serio».

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