El juez Federico Armiñana Dohorman, vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio, condenó en proceso abreviado a Néstor Román Ramos (46) a la pena de un año de prisión de ejecución condicional por resultar autor penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por el género y por la relación de pareja y amenazas en concurso real.
El juez ordenó la libertad del imputado y le impuso las siguientes obligaciones por el término de un año: fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato; prohibición de acercarse a la denunciante en todos los lugares donde esta lleve a cabo sus actividades diarias a una distancia menor de 300 metros (lugar de residencia, domicilio de familiares, domicilio laboral y lugares donde ella concurra); prohibición de ejercer violencia física o psíquica en su contra; abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de las bebidas alcohólicas; someterse a un tratamiento psicológico y presentar constancia de su evolución cada seis meses; realizar tratamiento para el alcoholismo y presentar constancia que dé cuenta de su evolución cada seis meses. Todo ello mientras dure el término de prueba y bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta.
El imputado fue denunciado por su pareja por una agresión sufrida en el domicilio familiar, en presencia de sus hijos.
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