En un juicio abreviado llevado a cabo en el marco de una audiencia flexible y multipropósito del Plan Piloto de Oralidad, un hombre de 46 años fue condenado a tres años de prisión condicional por resultar autor del delito de tenencia, publicación, facilitación, divulgación y distribución de material de explotación y abuso sexual de niños, niñas y adolescentes (según las Directrices de Luxemburgo).

El condenado seguirá en libertad por la modalidad de la pena impuesta y, para conservarla, deberá cumplir durante tres años las siguientes reglas de conducta: someterse al cuidado del Programa de Inserción Social y Supervisión de Presos y Liberados de Salta; prohibición de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes; realizar tratamiento psicológico tendiente a controlar sus impulsos, previa consulta con un profesional que determine su necesidad, y presentar las constancias correspondientes; fijar domicilio y comunicar cualquier cambio al tribunal; prohibición de cometer nuevo delito.
La jueza María Victoria Montoya Quiroga, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio, ordenó que se le practique examen psicofísico al condenado y que se le extraigan muestras de ADN para su inscripción en el Banco de Datos Genéticos.
Durante el juicio abreviado, el imputado aceptó los términos de la pena consensuada y reconoció su autoría sobre los hechos atribuidos por la fiscalía.