Amplio repudio a Urtubey ante la primera postura en los casos de abortos no punibles

Ante las declaraciones y la primera postura de Juan Manuel Urtubey sobre el fallo de la Corte que disipa las dudas sobre la interpretación del artículo 86 al Código Penal, y la decisión primera de no adaptar el sistema de salud de la provincia de Salta a la máxima interpretación que constitucionalmente puede darse a una norma, muchas voces repudiaron las expresiones del mandatario salteño, criticando que al convertir sus convicciones personales en una cuestión de Estado, no sólo se desatendía la salud pública sino también se vulneraban derechos.

Es imperativo para el Estado respetar el derecho de las mujeres

El fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha puesto fin a una larga discusión en relación a la no punibilidad de abortos en caso de violación estableciendo una interpretación no restrictiva del artículo 86 del CPA y por lo tanto salvaguardando el derecho de toda mujer a solicitar la interrupción voluntaria de un embarazo producto de un delito contra su integridad sexual. Efectivamente, a una niña, adolescente o mujer violada no se le puede exigir una conducta heroica.

La discusión es en qué tipo de civilización queremos vivir, si en una que viole y revictimice a las mujeres que padecieron violencia sexual o en una sociedad en la que la mujer sea protegida y respetada en sus derechos humanos.

Padecer una violación es un hecho que afecta la vida de una mujer y compromete su salud. Ninguna persona puede ser obligada a realizar actos en contra de sí misma, de su libertad y de sus derechos.

En este contexto, compartimos el criterio de la Corte en cuanto no se puede exigir lo que? la ley nada reclama, requisitos tales como la solicitud de una autorización para practicar la interrupción del embarazo producto de una violación lo que, como en el caso, termina adquiriendo características intolerables a la luz de garantías y principios constitucionales y convencionales que son ley suprema de la Nación».

Judicializar las solicitudes de interrupción del embarazo contempladas en el Código Penal, implica una revictimización de la mujer solicitante y un caso de violencia institucional como lo establece la Ley Nacional 26.485.

Las mujeres tenemos derecho a una vida libre de violencia; es imperativo que los poderes del Estado se comprometan a partir de políticas públicas en este deber de defensa de la dignidad y los derechos de todas las mujeres. Ni una más

El derecho al aborto no punible está legislado en el Código Penal y su interpretación establecida por la Suprema Corte.

Exigimos las condiciones en Salta para hacerlo efectivo.

Multisectorial de Mujeres de Salta

Comisión de la Mujer de la Universidad Nacional de Salta

CLADEM Salta

Observatorio para la Promoción de Derechos de la Diversidad Sexual Salta

Red PAR Salta

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Vergüenza Salteña: para Urtubey las mujeres somos ciudadanas de segunda

Ya nos había indignado la creación de la ?Policía del Turismo? como única respuesta ?totalmente indiferente a la cuestión de género- frente a la cantidad de hechos de violencia contra las mujeres, violación y abusos sexuales cometidos en los últimos meses en nuestra provincia.

Una vez más el gobernador Urtubey actuando con una desidia total frente a los derechos de las mujeres, mirando para otro lado y priorizando otros intereses, cuando está en JUEGO LA VIDA, SALUD E INTEGRIDAD de miles de salteñas, hace un anuncio deplorable y contrario a derecho: que no se acatará el fallo de la Corte.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación en su carácter de máximo garante de los derechos humanos y último interprete del bloque de constitucionalidad (Constitución y tratados internacionales de jerarquía constitucional), emite esta sentencia a la luz de la cantidad de idas y vueltas que se presentaron frente a casos terribles como las niñas de Chubut, Entre Ríos, La Plata, todos casos tremendos donde se cuestionó el alcance del art 86 inc.2.

Además es importante destacar que se trata de poner claridad legal y constitucional allí donde los criterios personales de los funcionarios ponen trabas a la realización de derechos de las víctimas de violación.

Que no se aplique lo que el fallo indica no solo atenta contra las normas nacionales y de derechos humanos, sino es dilatar un proceso que en definitiva a quien afecta es a las MUJERES víctimas de abuso sexual.

Queremos dignidad, derechos y acceso al máximo nivel de salud y bienestar para todas.

Dra. María Laura Postiglione (Mujeres de la Matria Latinoamericana)

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Sabbatella: ?Urtubey se acuartela frente a la Corte?

El gobernador salteño rechaza que en su provincia se aplique un fallo del máximo Tribunal del Poder Judicial de la Nación respecto al aborto no punible

?La actitud del gobernador (Juan Manuel) Urtubey de revelarse contra el fallo de la Corte Suprema de Justicia excede el marco de una interpretación jurídica y se parece a un acuartelamiento de parte de un dirigente conservador y antidemocrático?, afirmó esta mañana el diputado nacional Martín Sabbatella (Nuevo Encuentro) en relación al rechazo del mandatario salteño a que en esa provincia se aplique el reciente fallo sobre abortos no punibles. ?La resolución del más alto tribunal de la Nación indica de qué forma se debe interpretar un artículo del Código Penal (el 86, inciso 2) referido a cuándo está avalada la interrupción de un embarazo. Marcar cómo se debe interpretar una ley está dentro de las facultades de la Corte Suprema, y Urtubey lo sabe perfectamente?, opinó Sabbatella y agregó: ?No hay ninguna duda jurídica, porque el fallo es clarísimo. Lo que hay es la decisión del gobernador de revelarse ante la Justicia e impedir que una mujer violada pueda ejercer su derecho a interrumpir un embarazo?.

?No es extraño que esto ocurra: Urtubey es el mismo que rechaza que en su provincia se dicte educación sexual integral, como lo establece el Ministerio de Educación de la Nación; el mismo que impuso como obligatorio el catecismo en las escuelas públicas; el mismo que no destina presupuesto al programa de salud reproductiva y el que, entre otras actitudes reaccionarias, nunca reglamentó la ley de sexualidad responsable?, señaló el dirigente nacional del Frente Nuevo Encuentro y consideró que ?las palabras del gobernador intentan atemorizar a los médicos que deben cumplir con lo que establece la ley. Pero ningún mandatario provincial, ni siquiera logrando la sanción de leyes provinciales, puede burlarse de lo que establece el máximo tribunal de Justicia de la Nación. Y, en ese sentido, el fallo es muy claro: se deben establecer protocolos hospitalarios para garantizar que una mujer violada puedan interrumpir su embarazo sin necesitar para eso autorización de un juez. Porque, lo que habitualmente ocurría es que se retrasaban las decisiones judiciales y burocráticas para impedir que las víctimas de violación ejercieran su derecho en el plazo legal y en las condiciones sanitarias que merecen?.

Ayer, el gobernador salteño señaló públicamente que su provincia no iba a adherir al fallo de la Corte Suprema del 13 de marzo último, en el que se analizó el aborto de una niña de 15 años que había sido violada en la provincia de Chubut en 2009. Aunque el caso ?devenía en abstracto?, porque la interrupción del embarazo ya se había producido, el máximo Tribunal de Justicia de la Nación decidió expedirse sobre la interpretación del art. 86 del Código Penal, para que los profesionales médicos que se encuentren ante casos similares puedan actuar sin riesgo a ser penalizados.

En el apartado 25) del fallo, la Corte señala que ?es el Estado, como garante de la administración de la salud pública, el que tiene la obligación, siempre que concurran las circunstancias que habilitan un aborto no punible, de poner a disposición, de quien solicita la práctica, las condiciones médicas e higiénicas necesarias para llevarlo a cabo de manera rápida, accesible y segura. Rápida, por cuanto debe tenerse en cuenta que en este tipo de intervenciones médicas cualquier demora puede epilogar en serios riesgos para la vida o la salud de la embarazada. Accesible y segura pues, aun cuando legal en tanto despenalizado, no deben existir obstáculos médico?burocráticos o judiciales para acceder a la mencionada prestación que pongan en riesgo la salud o la propia vida de quien la reclama?.

Urtubey afirmó ayer que las mujeres violadas sólo podrán interrumpir su embarazo en hospitales de Salta ?si tienen una autorización firmada por un juez?. Al respecto, el fallo de la Corte expresa con claridad: ?La judicialización de esta cuestión, que por su reiteración constituye una verdadera práctica institucional, además de ser innecesaria e ilegal, es cuestionable porque obliga a la víctima del delito a exponer públicamente su vida privada, y es también contraproducente porque la demora que apareja en su realización pone en riesgo tanto el derecho a la salud de la solicitante como su derecho al acceso a la interrupción del embarazo en condiciones seguras?.

FOTO: lavoz.com.ar