Aborto no punible: Declaran inconstitucional la guía de Córdoba

Desde hace más de un año la guía contra abortos no punibles en la provincia de Córdoba estaba suspendida, pero el procedimiento estaba garantizado en los hospitales de la Universidad Nacional de Córdoba.

Esta tarde se dio a conocer que la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Tercera Nominación declaró por unanimidad inconstitucional la aplicación del protocolo que enmarca el procedimiento en los casos de abortos no punibles, que había sido dispuesto por la Provincia para sus hospitales después de que se conociera en marzo de 2012 el fallo de la Corte Suprema de Justicia que esclareció la lectura del artículo 86 del Código Penal.

Recordemos, que a pedido de la Asociación Civil Portal de Belén, un juez en Primera Instancia suspendió el protocolo el pasado año.  En ese momento, el magistrado provincial en lo Civil y Comercial de 3° Nominación, Federico Ossola, había decidido la cuestionada suspensión.

Según pudo conocerse hoy, los camaristas Guillermo Barrera Buteler, Julio Fontaine y Beatriz Mansilla de Mosquera ordenaron a la provincia de Córdoba abstenerse «de aplicar las disposiciones de la Resolución del Ministerio de Salud N° 93 del 30 de marzo de 2012 y su anexo I denominado Guía de Procedimiento para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible».

En sus argumentos, la Cámara fue contra la máxima interpretación que hace más de un año hiciera la Corte Suprema, considerando que deben prevalecer los derechos del niño por nacer, que la guía es inconstitucional al contradecir la ley provincial N°6.222 sobre Salud Pública, en tanto no respetaría las atribuciones del Estado provincial, y porque además iría en contra de los artículos 4, 19 inc. 1° y 59 de la Constitución de Córdoba «de respetar y proteger la vida de los niños por nacer».

IMAGEN: amnistia.org.ar