
Al sujeto se le endilgan los delitos de homicidio agravado por la relación de pareja previa, el vínculo, alevosía y por mediar violencia de género (femicidio) y calificado por el uso de arma de fuego, en perjuicio de V. A .P.; en concurso real con homicidio calificado por alevosía por el propósito de causar sufrimiento a una pareja (femicidio vinculado o transversal) en perjuicio de B. F. R., todo ello en concurso real con tenencia de arma de fuego de uso civil; abuso sexual gravemente ultrajante por la convivencia con una menor de edad.
La salida alternativa del juicio abreviado fue presentada hoy por las partes, por escrito, con la firma de conformidad del acusado. La fiscal expuso ante el tribunal las pruebas más relevantes que permitían fundar los extremos fácticos y jurídicos de los delitos por los cuales se solicitaba la responsabilidad penal del imputado. Solicitó que se le aplique la pena de prisión perpetua. Los representantes de la querella y el Ministerio Público Pupilar adhirieron al pedido. En igual sentido se pronunció la defensa técnica.
No obstante, cuando la jueza le explicó al acusado los alcances del procedimiento abreviado, este ratificó el acuerdo, reconoció el doble femicidio, pero objetó el contexto de violencia de género y la acusación de abuso sexual.
Ante esto, la magistrada rechazó el acuerdo planteado y ordenó remitir la causa a la OFIJU para que continúe el trámite con vistas el debate oral.
El sujeto está imputado por un hecho ocurrido en octubre de 2024 el barrio Prelatura de Cafayate. Las víctimas fueron ultimadas en su vivienda con un revólver calibre 32 que fue secuestrado en la etapa investigativa al igual que los proyectiles percutados. La pareja del acusado recibió tres disparos en la cabeza, a corta distancia. La abuela de la mujer, dos disparos en idénticas circunstancias.
La autopsia determinó que ambas mujeres murieron por traumatismo craneoencefálico grave por proyectil de arma de fuego.
El sujeto también llegó a la audiencia acusado de haber sometido a tocamientos impúdicos a la hija adolescente de su pareja, a quien había reconocido legalmente como propia.
En representación del Ministerio Público intervino la fiscal Luján Sodero Calvet. La defensa del acusado estuvo a cargo de Marina Cayo López Mercado. Como querellante actuó Jorge Nieva Haro.
La Otra Voz Digital Directora Marta César