Los jueces de la Sala III del Tribunal de Impugnación, Pablo Mariño y Rubén Arias Nallar, decidieron rechazar el recurso de casación que interpuso la defensa de Miguel Ángel Méndez, y confirmó la sentencia impuesta en primera instancia.
El hombre había sido condenado en la Sala I del Tribunal de Juicio a la pena de ocho meses de prisión de ejecución condicional, por ser autor del delito de abuso sexual simple.
Los jueces tuvieron por probado que Méndez y la menor estaban en el almacén esperando a ser atendidos, cuando él le tocó la cola a la víctima, que se fue corriendo a contarle lo sucedido a su mamá.
En ese sentido, y pese a los fundamentos de la defensa a la hora de interponer el recurso, surge que los fundamentos de la sentencia atacada exponen un correcto razonamiento por parte del juez para concluir en la culpabilidad del imputado y su condena.
Así, las pruebas aportadas a la causa permiten reconstruir el hecho tal y como sucedió, y quedando demostrado que el imputado llevó a cabo la conducta por la que fue debidamente condenado.