Emergencia sanitaria internacional

SE OFICIALIZARON LOS REQUISITOS PARA EL INGRESO DE PASAJERXS DEL EXTERIOR

Podrán evitar la cuarentena quienes tengan su esquema de vacunación completo.

Imagen : Hosteltur

A través de la Decisión Administrativa 1064/2021 publicada este martes en el Boletín Oficial, la Jefatura de Gabinete informó cuales son los nuevos requisitos para ingresar al país desde el exterior, en el marco de la flexibilización de las restricciones sanitarias, ante la pandemia por covid-19.

La medida establece que el Ministerio de Salud determinará los nuevos corredores seguros que reúnan las mejores capacidades para responder a la emergencia sanitaria declarada internacionalmente de COVID-19. Asimismo, los gobernadores y gobernadoras de las provincias y el jefe de gobierno de la ciudad autónoma de Buenos Aires, podrán proponer al jefe de Gabinete, la apertura de corredores seguros adicionales a los autorizados, con la debida presentación de un protocolo, aprobado por la autoridad sanitaria provincial.

Los requisitos para personas extranjeras no residentes son;

-Haber completado el esquema de vacunación por lo menos CATORCE (14) días antes de su ingreso al país.

-Contar con una prueba de PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las setenta y dos (72) horas previas al inicio del viaje.

-Eximición de la cuarentena para las personas vacunadas con esquema completo y testeadas –que resulten negativas

-Poseer un (1) seguro de salud COVID-19, con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios, para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.

Los requisitos para argentinos o extranjeros residentes son;

-Quedan eximidos de cuarentena quienes hayan completado el esquema de vacunación y presenten test PCR negativo realizado hasta 72 horas antes.

-Aquellos adultos que no presenten constancia de vacunación deberán cumplir cuarentena y realizarse un test PCR al séptimo día.

-Los menores de 18 años quedarán exceptuados de realizar cuarentena y test PCR al séptimo día.

Previo a la realización del viaje, los operadores aéreos/fluviales/marítimos deberán verificar la declaración jurada que contempla los requisitos de ingreso que deben cumplir las y los pasajeros. Dicha declaración jurada se encuentra disponible para su descarga en http://ddjj.migraciones.gob.ar/app/home.php y será completada por los pasajeros.